8.1.17

MAGDALENA DEBERÁ ACATAR LA RESOLUCIÓN DEL SÍNDIC DE GREGUES

- El Sindic de Greuges atiende la queja presentada por el Grupo del Partido Popular de Segorbe por el comportamiento prepotente del alcalde 

- El órgano consultivo recomienda a Magdalena que debe dejar hablar a los concejales Populares

El Partido Popular de Segorbe recibió, hace unos días, la resolución del Síndic de Agravios, el Defensor del Pueblo de la Comunidad Valenciana, por la que se recomendaba al alcalde de Segorbe, Rafael Magdalena a acatar la sugerencia por la que el primer edil deberá dar la palabra, en los plenos del Ayuntamiento de Segorbe, a los concejales del partido preferido por 2267 personas y que además resultó ser el ganador de las elecciones municipales de 2015.

El GMPP denunció ante el órgano consultivo la conducta del alcalde, ahora socialista, Rafael Magdalena para con los concejales del PP Segorbe. Meses después ha llegado la resolución “por lo que se le comunica para que, en el plazo máximo de un mes, nos informe si acepta esta sugerencia o, en su caso, nos ponga de manifiesto las razones que estime para no aceptarla, y ello, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 29 de la Ley 11/1988, reguladora de esta institución”.

Durante los minutos que emplea el alcalde de Segorbe a modo de desahogo, niega el turno de palabra a los concejales del PP Segorbe, simplemente y como él dice “porque no quiere” incumpliendo, a sabiendas el artículo 94.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF) así como en el artículo 4 de la Ley 8/2010 de 23 de junio del Régimen Local de la Comunidad Valenciana. En dicha reglamentación se reconoce el derecho al partido de la oposición de poseer expediente informativo de los puntos del orden del día, así como el derecho al turno de réplica y contrarréplica que por ley se otorga.

Comunicación Populares PP Segorbe

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